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               Roberto O. Cacheiro Frías - Abogado
               Director de la Diplomatura en Relaciones Internacionales

               Universidad Abierta Interamericana
 

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Condecoraciones - Decreto 577 del año 1983
 


Condecoraciones Militares

Condecórese al personal que ha intervenido en el "Conflicto armado con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte por la recuperación de la Islas Malvinas, Georgías del Sur y Sandwich del Sur".

VISTO lo propuesto por la "Comisión Conjunta" que establece el Decreto Nº 89/83 y por el señor Ministro de Defensa y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 22.607 "Régimen de Condecoraciones Militares", determina en su artículo 8º que una "Comisión Conjunta" integrada por Oficiales Superiores de la tres Fuerzas Armadas, tendrá a su cargo el estudio final de las propuestas formuladas por respectivos Comandos en Jefe respecto al otorgamiento de las distintas condecoraciones que la citada ley establece en su artículo 2º.

Que la mencionada Comisión, designada por Decreto Nº 89/83, ha efectuado los estudios y análisis pertinentes, respecto del otorgamiento de las aludidas distinciones al personal que ha intervenido en el Conflicto Armado con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte por la recuperación del las Islas Malvinas, Georgías del Sur y Sandwich del Sur.

Que dichos estudios y análisis se ha tenido en cuenta la actuación del personal pertenecientes a la Fuerzas Armadas, de Seguridad y Civil interviniente en el aludido conflicto y que han ofrendado su vida, han resultado heridos de consideración como así también han puesto en evidencia dotes de valor realizando en combate acciones ponderables que los hacen acreedores al reconocimiento de la Patria y de sus conciudadanos.

POR ELLO,

EL PRESIDENTE

DE LA NACIONA ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º- Confiérese las condecoraciones que establece la Ley Nº 22.607 "Régimen de Condecoraciones Militares", de acuerdo a lo que a continuación se determina:

a) Cruz "La Nación Argentina al Heroico Valor en Combate" al personal que se detalla en el Anexo I que forma parte del presente decreto.

b) Medalla "La Nación Argentina al Valor en Combate", al personal que se detalla en el Anexo II que forma parte del presente decreto.

c) Medalla "La Nación Argentina al Herido en Combate", al personal que se detalla en el Anexo III que forma parte del presente decreto.

d) Medalla "La Nación Argentina al Muerto en Combate", al personal que se detalla en el Anexo IV que forma parte del presente decreto.

Artículo 2º- Extiéndase los correspondientes diplomas.

Artículo 3º- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
 

Grado/Categoría

Apellido y Nombre

            Titulo

Situación de Revista

Cabo 1ro.

Abal Walter Dario

Herido en combate

BA - Baja Voluntaria

Suboficial Ayudante

Acevey Pablo Enrique

Herido en combate

RO - Retiro Obligatorio

Suboficial Principal

Caloian Jose Avedis

Herido en combate

SE - Servicio Efectivo

Soldado

Cenas Heraldo Ruben

Herido en combate

RVA - Reserva

Soldado

Coppa Hector Mario

Herido en combate

RVA - Reserva

Comodoro

Diaz Raul Angel

Herido en combate

RO - Retiro Obligatorio

Suboficial Principal

Dome Luis Carlos

Herido en combate

SE - Servicio Efectivo

Brigadier Mayor

Donadille Guillermo A.

Herido en combate

RE - Retiro Efectivo

Comodoro

Dovichi Dante Rafael

Herido en combate

SE - Servicio Efectivo

Suboficial Ayudante

Gatica Victor Manuel

Herido en combate

SE - Servicio Efectivo

Suboficial Mayor

Gomez Hugo Ruben

Herido en combate

RE - Retiro Efectivo

Suboficial Principal

Guastalla Jose F.

Herido en combate

SE - Servicio Efectivo

Suboficial Principal

Heredia Ruben Eduardo

Herido en combate

SE - Servicio Efectivo

Capitán

Lucero Ricardo

Herido en combate

RO - Retiro Obligatorio

Mayor

Luna Hector Hugo

Herido en combate

FA - Fallecido en Actividad

Suboficial Principal

Marcori Alejandro A.

Herido en combate

SE - Servicio Efectivo

Suboficial Principal

Martinez Raul Isabelino

Herido en combate

SE - Servicio Efectivo

Soldado

Miranda Hever Hugo

Herido en combate

RVA - Reserva

Comodoro

Perona Carlos Eduardo

Herido en combate

SE - Servicio Efectivo

Suboficial Mayor

Piaggi Jorge Saul

Herido en combate

SE - Servicio Efectivo

Brigadier

Piuma Justo Gustavo

Herido en combate

RE - Retiro Efectivo

Soldado

Reyes Pablo Anibal

Herido en combate

RVA - Reserva

Suboficial Principal

Rodriguez R. Martin

Herido en combate

SE - Servicio Efectivo

Soldado

Sanchez Adrian

Herido en combate

RVA - Reserva

Comodoro

Senn Jorge Daniel

Herido en combate

SE - Servicio Efectivo

Soldado

Suarez Rey Albert

Herido en combate

RVA - Reserva

Suboficial Ayudante

Tarquini R. Sergio

Herido en combate

SE - Servicio Efectivo

Comodoro

Velasco Mariano Angel

Herido en combate

SE - Servicio Efectivo

Suboficial Principal

Zaguirre Jose Manuel

Herido en combate

SE - Servicio Efectivo

Soldado

Zarza Horacio Fabian

Herido en combate

RVA - Reserva

 

 

 

 

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Roberto O. Cacheiro Frías. Abogado UBA - Director de la Diplomatura en Relaciones Internacionales y de Administración de Consorcios - Presidente del Centro Ibero-Americano de Estudios Internacionales e Interdisciplinarios - Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Internacional - Miembro del Tribunal de Disciplina del Partido Demócrata Cristiano.